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Miércoles 22 marzo, 2017

Elba Esther, prisionera polí­tica de Peña Nieto

Raymundo Riva Palacio/Eje Central

Lo publicado en este espacio el 19 de enero de 2015, se mantiene 26 meses después: Elba Esther Gordillo es prisionera polí­tica del presidente Enrique Peña Nieto. El viernes pasado se le volvió a negar el beneficio de la prisión domiciliaria para que ahí­, por razones de edad, enfrentara el proceso que se le sigue. Hasta ahora, ninguno de los delitos por los que se le acusa se ha probado, y está en la cárcel porque los jueces avalan el argumento de la PGR que puede escaparse. Para un gobierno al que uno de los gobernadores consentidos de Peña Nieto, Javier Duarte de Veracruz, se le fugó hace más de 150 dí­as y dicen no saber en dónde se encuentra, y permitió que por razones de salud pagara su condena en casa uno de los fundadores del Cártel de Guadalajara, Ernesto Fonseca, la forma como se enfrenta a la maestra Gordillo en tribunales, toca la sevicia.

La maestra fue detenida cuando varios miembros del gabinete, tras una reunión en Los Pinos donde analizaron la entrevista que le dio a Adela Micha dí­as antes, alegaron que Gordillo habí­a llegado a un punto sin retorno en la confrontación con el gobierno y que con ella al frente del magisterio, la reforma educativa no iba a poder ser concretada. Las voces que alertaron que el problema no era ella sino la Coordinadora magisterial, fueron ignoradas. La decisión, que aún sin gustarle la ordenó Peña Nieto, fue que como criminal de alta peligrosidad, un comando de la Marina la detuviera en el aeropuerto de Toluca en febrero de 2013, donde aterrizó en ví­spera de viajar a Guadalajara, con una artimaña que le tejió el entonces secretario de Hacienda, Luis Videgaray.

Desde enero de 2015, las cosas no han cambiado mucho en la sustancia del caso. El expediente mantiene las mismas fallas, omisiones y errores tan grandes como inexplicables. En aquél entonces se planteó: “El pliego de consignación para ejercer la acción penal en contra de Gordillo, suscrito por el ministerio público el 20 de febrero de 2013, sustentado en los dictámenes de los peritos del Sistema de Administración Tributaria (SAT), y de la PGR. Los dictámenes, sin embargo, fueron emitidos el 21 y 22 de febrero, respectivamente. Es decir, un dí­a después del pliego de consignación.

“No es el único desaseo. El principal delito imputado a Gordillo, operaciones con recursos de procedencia ilí­cita, sobre la cual se montó el de delincuencia organizada, no tiene sustento legal. Los recursos que según SAT y la PGR movió Gordillo en diferentes operaciones financieras cuando presidí­a el Sindicato Nacional de Maestros, no tienen una procedente ilí­cita. Provienen de los maestros, que a su vez, recibieron sus dineros del gobierno federal. El sindicato, que en dado caso pudo acusarla de abuso, fraude o malversación de fondos, por ser en todo caso el afectado, no ha presentado, hasta ahora, ninguna denuncia contra la maestra.

“La ley establece que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilí­cita, sólo puede ser investigado una vez que la Secretarí­a de Hacienda, el área competente, haya presentado la querella. En el expediente no existe la querella. Tampoco se acreditó, como establece la ley, la representación legal de la Secretarí­a de Hacienda. Esta inconsistencia en el expediente es una de las más grotescas de todo el caso, que arranca con la averiguación previa el 13 de febrero de 2013, una vez que, establece, recibió la querella ”“la inexistente-, en forma de imputaciones.

“La querella que señala el acuerdo del ministerio público adscrito a la Subprocuradurí­a Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada, fue suscrita en representación de la Secretarí­a de Hacienda por Alonso Israel Lira Salas, quien se identificó como director adjunto de Procesos Legales der la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda, con un gafete provisional, donde no se aclaraba su cargo, firmado por Mauricio López Tapia, de quien tampoco se precisa su cargo. Esta ambigí¼edad no es relevante, dado que hay dependencias donde por razones de seguridad no se identifica la posición o el nivel de quien lo porta.

“Lo que sí­ es fundamental, es la Constancia número 32, firmada por Claudia del Carmen Mora Osorio, directora de Recursos Humanos y Materiales de la Coordinación Administrativa de la Procuradurí­a Fiscal de la Federación, en donde afirma que Lira Salas ingresó a la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda el 1 de febrero de 2013. La Constancia 32, cuyo propósito era acreditar la representatividad legal de la Secretarí­a de Hacienda, está fechada el 14 de febrero de 2013.

¿Cuál es el problema? Que la averiguación previa está fechada el 13 de febrero de 2013, al dar entrada el ministerio público a una denuncia suscrita por un funcionario que no tení­a su personalidad ni representatividad legal acreditada en el momento que la presentó. A partir de esa querella, el ministerio público ordenó solicitudes oficiales al gobierno de Estados Unidos para conocer los antecedentes penales de la maestra, y pidió dentro del gobierno federal información para respaldar el caso. Aún así­, la maestra ha ido derrotando a la PGR en tribunales.

Dentro de la PGR no hay mucha convicción que pueden mantenerla en la cárcel, con la imputación por defraudación fiscal interpuesta en octubre de 2014, parte del expediente cuestionado, pero no se trata de la ley, sino de que no salga de prisión, ni siquiera domiciliaria por razones polí­ticas. No aceptan en el gobierno que así­ se le llame, pero no hay argumentos que sostengan lo contrario.


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