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Crónicas
19 febrero, 2017

Ya tan pronto, Yunicidad en la mira de Derechos Humanos

Tres recomendaciones para Wí­nckler (FGE), dos para Pérez Rodrí­guez (SEV) y una para Téllez Marie (SSP)
•Violación, desaparición forzada y paga de cuotas escolares
•Sólo una exhibe el nombre textual del funcionario
•Todas están firmadas por Namiko Matzumoto/Texto por Arantxa Arcos y fotografí­a por Yerania Rolón


La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) ha emitido seis recomendaciones para tres dependencias del Gobierno del Estado de Veracruz.

  • Jaime Téllez, de Secretaría de Seguridad; Fiscal Jorge Wínckler, con recomendaciones

La dependencia estatal, presidida por Namiko Matzumoto Bení­tez, envió recomendaciones ya aceptadas por la Secretarí­a de Seguridad Pública (SSP), Fiscalí­a General del Estado (FGE) y la Secretarí­a de Educación de Veracruz (SEV).

Sólo la recomendación número dos del 2017, enviada a la FGE, exhibe el nombre de Jorge Winckler Ortiz, Fiscal General del Estado, mientras las otras se dejan a la deriva del titular de citadas dependencias estatales.

La REC-02-2017 con fecha de emisión 7 de febrero, refiere a la desaparición forzada y posteriormente, ubicación del cuerpo que en vida fue de una joven reportada como no localizada en 2011.

El expediente CEDH/1VG/VER/696/2016 detalla cómo la Fiscalí­a General del Estado (FGE) incurrió en violaciones a los derechos de la ví­ctima y de la persona ofendida dentro del procedimiento de investigación ministerial, afectando la integridad psí­quica de la parte quejosa.

La recomendación indica iniciar procedimientos de investigación contra los servidores públicos dependientes de esa fiscalí­a que han participado dentro de la integración y determinación de la investigación ministerial número **/UECSDIM/2011, así­ como de aquellos que ya no laboran dentro de la institución, incluido el personal que en su momento estuvo adscrito a la Dirección General de Servicios Periciales, a efecto de fincar la responsabilidad administrativa y penal correspondiente, de acuerdo con su participación en el caso.

“Sean exhortados los servidores públicos responsables, para que en lo sucesivo, se abstengan de incurrir en comportamientos como los observados en la presente Recomendación, y con ello, se garantice el respeto a los derechos humanos de todas las personas que han sido ví­ctimas de la comisión de un ilí­cito y se garantice su acceso a la justicia, a la verdad y a la integridad personal”, se lee en la recomendación firmada por Matzumoto Bení­tez, presidenta de la CEDH.

Con este oficio, Winckler Ortiz deberá informar periódicamente todas las acciones y avances de la investigación de una joven de 29 años, tez morena clara que se extravió el 3 de mayo del 2011 en Xalapa.

Así­ como llevar a cabo mecanismos legales y administrativos necesarios con la finalidad de pagar una indemnización justa y proporcional, a manera de compensación, a la familia que violentaron sus derechos.

El pago de daños y perjuicios ocasionados incluye atención médica y psicológica especializada gratuita para el agraviado como para su familia que desde hace seis años buscan a una integrante.

OTRAS DOS A LA FGE

De acuerdo a las recomendaciones públicas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), la FGE tiene dos más; la REC-49-2016 con fecha del 13 de diciembre por derecho a la honra y a la intimidad (aceptada y en seguimiento) y la REC-50-2016 con fecha del 19 de diciembre por derecho a la intimidad, integridad personal y a la seguridad jurí­dica.

La primera, se exhibe en el expediente: CEDH/2VG/DOQ-0807/2016, por el caso de daños a la imagen y reputación personal, por parte de personal de la Policí­a Ministerial, por el uso y filtración indebida de una fotografí­a en medios de comunicación.

En la relatorí­a de los hechos, se menciona que el veinte de junio del 2016, una persona se presentó en la Dirección de Orientación y Quejas con la finalidad de solicitar la intervención de este Organismo para que investigara los hechos que narra y que atribuye a personal adscrito a la Policí­a Ministerial, destacamentados en Misantla, Veracruz, dependientes de la Fiscalí­a General del Estado, mismos que considera vulneran sus derechos humanos y que se hicieron constar en acta circunstanciada.

Al momento de presentar su queja, la agraviada refirió que, el 16 de junio del 2016, un elemento activo de la Policí­a Ministerial le pidió de favor que le permitiera tomarle una fotografí­a para efectos de un papeleo. Tras asegurarle que no ocurrirí­a ningún inconveniente porque era algo que ya habí­a hecho tres o cuatro veces antes, la quejosa lo acompañó a las oficinas de la Policí­a Ministerial y permitió que le tomaran la fotografí­a.

Citada imagen fue utilizada para otros fines, porque por la noche, la agraviada recibió una captura de pantalla, enviada por su tí­a, en donde aparecí­a su rostro con un encabezado que decí­a “¡Uno por defraudador y la otra por incumplida! Capturan en Martí­nez de la…” en el portal de noticias Golpe Polí­tico.

El texto de la noticia caracterizaba a la quejosa como una persona que habí­a sido detenida por la comisión del delito de incumplimiento de dar alimentos.

Ante tal situación, la FGE deberá pagar una indemnización justa y proporcional, a manera de compensación a la agraviada, por los daños y perjuicios ocasionados.

Así­ como enviar un comunicado aclaratorio a los medios de comunicación que publicaron las notas con la imagen de la quejosa en el sentido de que la información que aparece relacionada con la comisión de un probable delito no es imputable a ella.

Con el comunicado, los medios de comunicación deberán eliminar la fotografí­a de la afectada o se continuará violentando sus derechos humanos.

En cuanto a la tercera recomendación a la FGE; de número REC-50-2016 con fecha del 19 de diciembre por derecho a la intimidad, integridad personal y a la seguridad jurí­dica, se detalla en el expediente CEDH/2VG/COR-0339/2016.

El caso corresponde a la ejecución de orden de reaprehensión en el interior de un domicilio sin contar con orden de cateo y uso desproporcionado de la fuerza, por elementos de la Policí­a Ministerial adscritos a la Jefatura de Detectives de Huatusco.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) exige el pago de los daños ocasionados a los bienes de los quejosos, el pago de la atención médica causada por lesiones y el inicio de procedimiento administrativos en contra de los servidores públicos responsables.

Se integre y determine a la brevedad posible, la Carpeta de Investigación C.I.FESP/***/2016/II-06, del í­ndice de la Fiscalí­a Especializada en Delitos relacionados con hechos de corrupción y Cometidos por Servidores Públicos, abierta con motivo de los hechos materia de la recomendación 50 del 2016.

HERENCIA DE BERMÚDEZ A TÉLLEZ MARIE

A las 2:40 de la madrugada del dí­a 27 de Febrero de 2014, con lujo de violencia, incluidos toques eléctricos y múltiples golpes propinados por los elementos policiacos, un varón fue obligado a confesar un delito que no cometió en San Andrés Tuxtla.

Como consecuencia de los golpes recibidos durante su detención, uno de sus pulmones resultó seriamente afectado, siendo notificado el director del reclusorio de la gravedad del caso.

Los médicos que revisaron al varón sustraí­do de su casa con violencia lo diagnosticaron sano, sin embargo, las lesiones fueron agravándose al grado de no poder caminar.

La esposa del agredido lo trasladó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el puerto de Veracruz, donde le diagnosticaron colapso total del pulmón derecho a causa de la mala atención que recibió en el penal Zamora de San Andrés Tuxtla, donde estuvo formalmente preso sin dictaminar una sentencia a su caso.

El caso presentado por familiares del ahora finado, iniciaron el expediente CEDH/1VG/DAP/0331/2015 en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, generando la recomendación 46-2016 con fecha del 9 de diciembre del 2016 a la Secretarí­a de Seguridad Pública (SSP) por derechos de las personas privadas de su libertad y derecho a la salud. Aceptada y en seguimiento.

Con ello, se obliga a la dependencia, actualmente dirigida por Jaime Téllez Marie, para sancionar conforme a derecho a quienes en su momento se encontraron adscritos al Centro de Reinserción Social de San Andrés Tuxtla.

También impartir cursos de capacitación en materia de derechos humanos y de respeto al derecho a la salud, particularmente de las personas privadas de su libertad.

Además de implementar acciones necesarias para que se ofrezca a toda persona detenida o presa, un examen médico apropiado con la menor dilación posible después de su ingreso en el lugar de detención o prisión y, posteriormente, se deberá garantizar que esas personas reciban la atención y el tratamiento médico que requieran, el cual será gratuito.
Recomendaciones a la SEV

Un menor de edad fue abusado sexualmente, durante la hora del receso, por dos compañeros suyos en los baños de la primaria “Manuel Azueta”, Turno Vespertino, de Ciudad Cuauhtémoc, Municipio de Pueblo Viejo en Veracruz.

A consecuencia de lo anterior, el 25 de enero de 2016 la madre del menor acudió al Centro de Salud de Pueblo Viejo, donde los médicos le indicaron que su hijo presentaba lesiones en la región anal.

Al siguiente dí­a, la afectada interpuso denuncia en la Fiscalí­a General del Estado. Desde esa fecha, el agredido no asiste a la escuela, tampoco se inició investigación para esclarecer los hechos.

La madre ya habí­a comentado con anterioridad que su hijo sufrí­a agresiones por parte de sus compañeros, sin embargo, no se adoptó ninguna medida que pudiera evitar el daño sufrido al menor.

Sin observar resultados, la madre acudió a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, iniciando la recomendación 47 con fecha del 9 de diciembre del 2016 a la Secretarí­a de Educación de Veracruz (SEV) por derechos a la niñez y educación.

El expediente CEDHV/2VG/PAN/0231/2016 reconoce el caso como omisión en la protección de la integridad fí­sica y psicológica de un menor de edad, dentro de la Escuela Primaria “Manuel Azueta”, Turno Vespertino, de Ciudad Cuauhtémoc, Municipio de Pueblo Viejo, Veracruz.

Con la recomendación, la Secretarí­a de Educación deberá elaborar sus planes de intervención y prevención, respectivamente, del acoso escolar a que se refiere la Ley y darle la debida publicidad entre su personal para su aplicación.

Pagar los gastos médicos especializados que se generen para atender el daño fí­sico y psicológico causado al menor de edad con identidad resguardada.

Así­ como iniciar el procedimiento interno, en el que se respeten todas las garantí­as de los presuntos agresores identificados, en su caso, se impongan las sanciones contempladas por la Ley de Prevención y Atención del Acoso Escolar para el Estado.

La última recomendación para las dependencias del Gobierno Estatal encabezado por Miguel íngel Yunes Linares, se anexa la número 48 con fecha del 13 de diciembre del 2016 a la Secretarí­a de Educación de Veracruz (SEV) por derecho a la educación. Aceptada y en seguimiento.

El expediente CEDH/1VG/COA/426/2016 detalla el caso donde condicionan la inscripción de menores de edad al ciclo escolar, mediante cobro indebido de cuotas escolares extraordinarias.

De acuerdo a la relatorí­a de hechos, el padre que presentó la queja y alcanzó recomendación por violación de derechos humanos, describe que el maestro de primer grado y el director, le exigieron pago de cuotas extraordinarias, no pagadas por carecer del dinero.

El no pago ocasionó que sus hijas no pudieran ingresar a estudiar, ya que el director le insistió “Padres que no aportan a la escuela, no le sirven”.

Las seis recomendaciones pueden ser consultadas a detalle en la página oficial de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, actualizada por última vez el pasado 13 de febrero del 2017.


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