Luz verde para Alejandro Murat en Oaxaca
•Contendría por gubernatura ante Benjamín Robles, PRD
El piñero de la Cuenca
Para los amantes de la creencias, mitos y mentiras políticas, deben saber que el tema de residencia de cinco años que pide la ley para quien quiera ser gobernador, no es un tema de debate, al menos no para las leyes, ni para la constitución.
Lo anterior hace referencia específicamente a dos precandidatos visibles a la gubernatura, Alejandro Murat Hinojosa del PRI; y Benjamín Robles posiblemente del PRD o Morena. Cabe señalar que ambos políticos tienen la seguridad de su ascendencia, por lo que ejercen temor y preocupación en diversos actores que financian una serie de campañas mediáticas para confundir a los oaxaqueños.
Ambos son ciudadanos oaxaqueños, Alejandro Murat Hinojosa es hijo de padre oaxaqueño y en 2012 fue candidato en el número once de la lista plurinominal a diputado federal, aunque no alcanzó la curul. Por otro lado Benjamín Robles Montoya quien no es hijo ni de padre ni madre oaxaqueña ni nació en territorio oaxaqueño; pero tiene residencia y fue diputado local plurinominal.
Esta aclaración va dirigida en especial a nuestros flamantes diputados como Jaime Bolaños y Ericel Gómez Nucamendi por mencionar algunos,í‚ quienes se aferran a lo que señala la Constitución Federal en su artículo 116: "Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa”.
El bajo nivel cognitivo en materia electoral, les impide armonizar conceptos legales con lo que señala nuestra Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, donde manifiesta que la ley es igual para todos, por ello las autoridades del estado de Oaxaca, tienen el deber de garantizar las condiciones necesarias para que los individuos gocen de sus derechos.
Exhorto a los diputados como a sus asesores lean y/o relean el artículo 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, que señala lo siguiente: “Son ciudadanos del Estado de Oaxaca, los hombres y mujeres que hayan nacido en su territorio, quienes sean hijos de padre o madre oaxaqueños y quienes teniendo una residencia mínima de cinco años en la Entidad, deseen ser considerados como tales, en los términos de la Ley, que sean mayores de 18 años y tengan modo honesto de vivir".
En dicha norma constitucional se deriva la condición de la ciudadanía oaxaqueña y se aprecia que considera dos tipos de ciudadanía. Por nacimiento y por residencia. La primera por nacimiento, se adquiere de dos formas una por haber nacido en el territorio de Oaxaca y dos por ser hijo de padre o madre oaxaqueños. Caso particular Alejandro Murat Hinojosa quien tiene ciudadanía oaxaqueña por nacimiento, por ser hijo de José Murat quien nació en Oaxaca y además fue Gobernador del Estado, en consecuencia Alejandro Murat no tiene porque acreditar tener una residencia de cinco años para aspirar a ser candidato al gobierno del Estado, ya que es oaxaqueño por hijo de padre oaxaqueño.
Enseguida como lo señala la constitución estatal la ciudadanía oaxaqueña también se adquiere por tener cinco años de residencia, en este caso aplica a Benjamín Robles ya que él adquirió la ciudadanía oaxaqueña por residencia además de que fue diputado del MC y es senador perredista por Oaxaca.
Con lo anterior, si los diputados no homologaran la ley local con la reforma federal, se manifestaría una controversia que no procedería, ya que hay suficiente jurisprudencia al respecto; aunque de acuerdo con esta norma (artículo 23), para ser un ciudadano oaxaqueño, sólo debe contar con uno de los requisitos planteados en dicho artículo, sin la necesidad de los demás dando equitativa para los oaxaqueños.
Ahora bien, para contextualizar que es procedente y legal lo escrito podemos poner como ejemplo el caso del Gabino Cué Monteagudo, quien nació en la Ciudad de México, pero nuestra Constitución local, le permitió ser electo gobernador por ser residente del Estado.
Caso similar el de Andrés Manuel Lopez Obrador actual presidente nacional de Morena, ex perredista que le quisieron anular su candidatura al gobierno del Distrito Federal porque su credencial del INE estaba domiciliada en Tabasco.
Otro caso, el de la panista Xóchitl Gálvez, quien hace dos años fue candidata a la gubernatura por el Estado de Hidalgo, donde votó con su credencial de elector domiciliada en aquella entidad. Por esta causa intentaron inhabilitarla como candidata a la delegación Miguel Hidalgo del DF; pero la sala superior del TRIFE consideró que anularla sería ir contra sus derechos políticos.
Un ejemplo más cercano el del perredista Alejandro Encinas fue jefe de gobierno del D.F. Luego fue diputado por el Distrito Federal y después candidato a gobernador del Estado de México aunqueí‚í‚í‚ se retiró de la contienda por problemas internos en el PRD. Por último caso es del político Porfirio Muñoz Ledo quien pudo ser candidato a gobernador de Guanajuato pero señaló su derecho.
El tema electoral está en boca de todos ya que el Congreso del estado de Oaxaca, inicia la discusión para homologar la ley estatal con la Reforma Política federal.
Lo señalado con anterioridad en este texto, fortalece que en caso de existir una controversia en contra de algún candidato por la ascendencia el caso marcharía sin ninguna consecuencia, ya que existe de manera manifiesta suficiente jurisprudencia. Como lo expresa el diputado panista Gerardo García Henestroza, la ley federal “no habla de ser nativo” y en el caso de la vecindad de cinco años es un tema que “podría ser modificado” en la ley estatal.